965 31 63 45 | 656 59 89 38 INFO@TRIASASESORES.COM

NUDA PROPIEDAD

¿EN QUÉ CONSISTE ESTE SERVICIO Y DE QUE MODO OBTENGO BENEFICIOS?

NUDA PROPIEDAD

¿QUÉ ES LA NUDA PROPIEDAD?

Si tienes una vivienda en propiedad existe la opción de vender tu casa pudiendo seguir viviendo en ella, a través de la nuda propiedad, la cual permite a dicha persona disfrutar y vivir en su casa de toda la vida sin tener la posesión de la misma.

Está opción es beneficiosa para aquellos que no tienen herederos, las personas mayores que desean aumentar sus ingresos y así vivir de manera más cómoda, disfrutando de su tiempo libre y para aquellos que desean asegurar el bienestar de sus hijos.

SUS VENTAJAS

 

La ventaja principal de este derecho es que se puede seguir disfrutando de la vivienda de por vida. Con una seguridad garantizada de manera legal, con todas las garantías, con el correcto registro y una escritura ante notario.

Otra ventaja, es que el dinero de la venta se recibe en el momento que se cede la nuda propiedad y en su totalidad, lo que permite al usufructuario estar en su propiedad recibiendo dicha compensación económica.

Además, otra de las ventajas es que si el usufructuario prefiere alquilar la vivienda y no vivir en ella, podrá hacerlo recibiendo de manera íntegra la renta. Teniendo en cuenta, que el alquiler acaba en el instante en que fallece el usufructuario.

A su vez, el usufructuario puede vender el usufructo a una tercera persona y obtener otro ingreso.

Y por último, gracias a la nuda propiedad los gastos pueden ser compartidos, es decir, con la venta, los gastos disminuyen para el vendedor ya que este solo paga los de consumo de la vivienda, es decir, agua, gas, etc. Y es el inversor, quien se responsabilizaría del IBI y otros gastos excepcionales de la vivienda.

¿EN QUE CONSISTE ESTE DERECHO?

Para entender el funcionamiento de este derecho hay que dejar claro primeramente dos conceptos: Nuda propiedad y usufructo vitalicio.

Cuando la persona obtiene una propiedad, adquiere lo llamado como pleno dominio, el cual está dividido, entre el usufructo vitalicio y la nuda propiedad. Por lo tanto, en el momento de acogerse a este derecho lo que se está vendiendo únicamente es la nuda propiedad, manteniendo la persona propietaria el usufructo de la vivienda en su totalidad.

Hay que matizar, que el obtener la nuda propiedad no proporciona la posesión de la vivienda, al pertenecer el usufructo a la otra persona, pero si se puede hacer uso y disfrute de la propiedad hasta que el usufructo llegue a su fin, pudiéndose establecer un término fijo o un usufructo vitalicio concreto hasta que el usufructuario fallezca.

Y es en ese momento, cuando el nudo propietario puede disponer de la totalidad de la vivienda.

Reset password

Ingrese su dirección de correo electrónico y le enviaremos un enlace para cambiar su contraseña.

Comience con su cuenta

para guardar tus casas favoritas y más

Ingresa con e-mail

Comience con su cuenta

para guardar tus casas favoritas y más

Al hacer clic en el botón «INSCRIBIRSE», acepta los Condiciones de uso y Política de privacidad
Powered by Estatik
Abrir chat
¿Necesitas Ayuda?
Hola!
¿En que podemos ayudarte?